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La novena de las reformas constitucionales propuestas por el anterior Ejecutivo Federal será discutida y se prevé, aprobada, en el Pleno de la Cámara de Diputados.
Son cambios al artículo 123 de la Carta Magna en materia de vivienda para los trabajadores. El proyecto señala que en cualquier trabajo el empleador estará obligado a proporcionar a los trabajadores viviendas adecuadas.
Esto se cumplirá a través de aportaciones a un fondo nacional de vivienda que tendrá orientación social., permitirá obtener crédito barato y suficiente para adquisición o mejora de la vivienda. El fondo también podrá construir vivienda para que los personas trabajadoras puedan comprarla o arrendarla.
Renta y compra de vivienda del Infonavit
Establece que se emitirá una ley para la creación de un organismo integrado por representantes del gobierno federal, los trabajadores empleadores, para administrar los recursos del fondo nacional de la vivienda.
Esa norma regulará la forma a través de la cual, los trabajadores podrán acceder a créditos y viviendas en arrendamiento social. Prevé que después de un año de cotización en el fondo, el trabajador podrá rentar vivienda social, propiedad de Infonavit.
Las mensualidades pagar no podrán pasar del equivalente al 30 por ciento del salario de los trabajadores. Después de 10 años de arrendamiento de una misma vivienda, el trabajador tendrá derecho a adquirir la propiedad.
La renta social y oportunidades de adquisición será prioritaria para quienes hayan aportado constantemente al fondo y no cuenten con vivienda propia. La ley establecerá mecanismos para evitar la discrecionalidad o injerencia arbitrarias que puedan limitar el acceso al derecho establecido.
En artículos transitorios, la reforma señala que el Congreso de la Unión tendrá 180 días naturales para adecuar la ley del Infonavit.
Ese Instituto tendrá 180 días naturales para implementar un programa de eficiencia operativa que permita hacer una reducción de costos en su operación.