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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio luz verde al Instituto Nacional Electoral (INE) para continuar con el proceso electoral judicial.
Por mayoría de tres votos, la Sala Superior del órgano jurisdiccional aprobó el proyecto en el que se establece que es constitucionalmente inviable suspender dicho proceso, ya que ello pondría en riesgo la integración de los órganos del poder público.
“Es procedente la acción declarativa solicitada por el Instituto Nacional Electoral. Segundo, es constitucionalmente inviable suspender la realización de los procedimientos electorales a cargo del Instituto Nacional Electoral. Tercero. No es materia de pronunciamiento ni de litis la validez, legalidad o eficacia de las actuaciones o resoluciones de suspensión emitidas por diversos jueces y juezas de amparo, por lo que esas determinaciones quedan intocadas en esta sentencia”, señaló la presidenta del TEPJF, Mónica Soto.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón votó en contra al argumentar que la pretensión del INE no es buscar una aclaración, sino impugnar los efectos de las resoluciones de los jueces de distrito.
“Estas suspensiones no generan una incertidumbre que requiera ser aclarada mediante una acción declarativa de este pleno, sino que constituyen mandatos judiciales expresos, impugnables a través del recurso de queja que está regulado en la Ley de Amparo. En ese sentido, lo que el INE realmente pretende no es obtener claridad sobre una situación incierta, sino impugnar la validez y los efectos de resoluciones judiciales que considera le causan afectación a sus atribuciones legales y constitucionales”.
En respuesta, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien fue el encargado de elaborar el proyecto de resolución, sostuvo que con está determinación no se están revocando las sentencias de amparo.
“No nos estamos metiendo con las sentencias de amparo, obviamente nosotros no podríamos revocar ninguna sentencia de amparo, no sería nuestra competencia, como tampoco quizá, eso será cuestión de los tribunales colegiados o de la Corte, determinar si es que los jueces de amparo ahora, por alguna razón extraña, pueden suspender los procedimientos electorales en curso, porque hasta donde me quedé no era competencia de ellos, tan es así que esta es la primera vez que se presenta una controversia de este género”.
Para la magistrada Janine Otálora Malassis con esta “acción declarativa”, el TEPJF está dejando sin efecto las suspensiones de amparo; por ello, pidió aplazar la discusión del tema hasta que la SCJN resuelva las consultas sobre la reforma judicial que admitió a trámite sobre; sin embargo, su petición fue rechazada.